LEGISLACIÓN

Noticias y Tendencias Inmobiliarias

Tribunal Supremo avala la subsanación catastral a instancia de un particular

La subsanacion puede tramitarse mediante declaraciones, comunicaciones, solicitudes, procedimientos de subsanación o rectificación

El Tribunal Supremo ha fijado una doctrina relevante sobre el alcance del artículo 18 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), aclarando hasta dónde puede llegar la iniciativa de un particular cuando detecta errores en la descripción catastral de un inmueble.

La resolución ?€?STS 1263/2025, de 8 de octubre?€? analiza la relación entre los artículos 11, 14 y 18 del TRLCI y redefine el papel del ciudadano en los procedimientos de subsanación de discrepancias.

Marco normativo: calidad del dato y procedimientos de alteración

El artículo 11 del TRLCI establece que la descripción catastral de un inmueble debe ajustarse fielmente a la realidad física, jurídica y económica del bien. Además, contempla que cualquier alteración puede tramitarse mediante declaraciones, comunicaciones, solicitudes, procedimientos de subsanación o rectificación.

Más info: https://www.inmonews.es/tribunal-supremo-subsanacion-catastral-instancia-particular/